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¿Qué cambia la Ley 32.108?

La Ley N.º 32.108 introduce dos modificaciones centrales:

1️⃣ Redefine el concepto de organización criminal, reduciendo su alcance.
2️⃣ Endurece los requisitos para realizar allanamientos fiscales, limitando su uso como herramienta de investigación.

A primera vista puede parecer un ajuste técnico.
En la práctica, puede cambiar el destino de investigaciones complejas.


¿Por qué es tan importante la definición de “organización criminal”?

En derecho penal, la tipificación como organización criminal permite:

  • Aplicar técnicas especiales de investigación.
  • Usar interceptaciones y colaboraciones eficaces.
  • Solicitar detenciones preliminares.
  • Ejecutar allanamientos estratégicos.
  • Aplicar penas agravadas.

Si el concepto se reduce, muchas redes podrían dejar de encajar en esa categoría.


¿Qué dicen los estándares internacionales?

La Convención de Palermo de Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional define organización criminal como:

Un grupo estructurado de tres o más personas que actúa concertadamente durante cierto tiempo con el propósito de cometer delitos graves para obtener beneficios económicos u otros.

La tendencia internacional no es restringir el concepto.
Es fortalecerlo para enfrentar redes sofisticadas.

Reducir su alcance va contra la lógica comparada en América Latina.


El impacto real: cuando una red deja de ser “organización”

Si una red de funcionarios y empresarios coordina actos de corrupción sistemática pero no encaja en la nueva definición restringida:

  • No se pueden usar técnicas especiales.
  • Las penas se reducen.
  • Se debilita la estrategia fiscal.
  • Se fragmentan procesos.

El resultado es simple:
casos más débiles.


El problema con los allanamientos

El allanamiento no es un exceso.
Es una herramienta clave para:

  • Incautar documentos.
  • Confiscar dispositivos electrónicos.
  • Preservar pruebas antes de que sean destruidas.

La experiencia demuestra algo contundente:
cuando un investigado sabe que será allanado, destruye evidencia.

La efectividad depende del factor sorpresa.

Al elevar requisitos y formalidades, se corre el riesgo de:

  • Alertar previamente a los investigados.
  • Perder información digital.
  • Dilatar el acceso a pruebas clave.

Casos donde la categoría fue decisiva

En investigaciones emblemáticas de corrupción en el Perú, la calificación como organización criminal permitió:

  • Desarticular redes municipales.
  • Procesar estructuras políticas completas.
  • Imponer penas agravadas.
  • Recuperar activos.

Sin esa figura, muchos casos habrían sido juzgados como delitos individuales aislados, sin atacar la estructura completa.

La diferencia es estratégica:
perseguir personas sueltas vs. desmontar redes.


Sesgo cognitivo: “si no es una mafia grande, no es crimen organizado”

El ciudadano promedio imagina organizaciones criminales como grandes carteles violentos.

Pero hoy el crimen organizado también es:

  • Redes que direccionan obras.
  • Sistemas de lavado de activos.
  • Esquemas de contratación pública coordinada.
  • Mafias ambientales.

Reducir el concepto no elimina el problema.
Solo cambia la etiqueta jurídica.

Y cuando cambia la etiqueta, cambian las herramientas disponibles.


¿Quiénes pierden con esta reforma?

Cuando no se pueden desarticular redes completas:

  • Se repiten los mismos actores en distintos casos.
  • Se reciclan funcionarios corruptos.
  • Se mantienen estructuras de poder local.

Y quienes viven en distritos con menos fiscalización y más pobreza:

  • Ven cómo las obras nunca se terminan.
  • Pagan sobrecostos.
  • Sufren servicios públicos deficientes.

El crimen organizado no siempre dispara armas.
A veces firma contratos.


El riesgo institucional

Debilitar la categoría de organización criminal puede generar:

  • Menor tasa de condenas en casos complejos.
  • Mayor litigiosidad técnica.
  • Incremento de nulidades.
  • Fragmentación de investigaciones.

En términos prácticos:
más procesos largos, menos sentencias firmes.

Y cuando la justicia se vuelve ineficaz, aumenta la desconfianza ciudadana.


Mi postura como candidato a diputado

No se combate el crimen organizado reduciendo su definición.

Propongo:

✔️ Restablecer una definición alineada con estándares internacionales.
✔️ Garantizar que las técnicas especiales de investigación no se limiten sin sustento técnico.
✔️ Blindar la figura de allanamiento con control judicial, pero sin perder efectividad.
✔️ Impulsar evaluación técnica obligatoria antes de modificar figuras penales estratégicas.

El Estado debe ser más inteligente que las redes criminales.
No más débil.


La pregunta clave

¿Queremos perseguir delitos aislados?
¿O desmontar estructuras completas de poder ilegal?

Cuando el Congreso reduce herramientas contra organizaciones criminales, el mensaje no es técnico.
Es político.

Y frente a ese mensaje, yo tengo claro algo:
la ley debe proteger al ciudadano común, no simplificarle la vida a redes organizadas.